XIII Congreso Forestal Mundial Octubre 2009
Evento paralelo “Pueblos Originarios de los Bosques”
Los Pueblos Originarios que venimos desde distintos puntos de la tierra Pachamana, Wajmapu, Abya yala, nos hacemos presentes en el “XIII Congreso Forestal Mundial 2009” para hablar en nombre de nuestro universo cultural, desde nuestros conocimientos tradicionales que surgen de la relación permanente con el espacio, venimos a hablar en nombre de las vidas de nuestros bosques hoy amenazados por las políticas de monocultivos que arrasan nuestras vidas y culturas generando un desequilibrio en el universo todo.
Cien años atrás éramos ricos en bosques, hoy el avance de los monocultivos y la producción devastadora, nos excluye y trae, la enfermedad mas terrible que puede soportar la humanidad como es la exclusión social.
Los bosques forman parte de nuestro territorio de modo INTEGRAL, para nuestra vida y desarrollo cultural. Somos custodios y vivimos por los bosques, a través de nuestro modo de vida, práctica y conocimientos tradicionales. Los Estados están en deuda con nuestros pueblos en tanto no se realice la DEVOLUCIÓN Y TITULACIÓN DE LAS TIERRAS Y TERRITORIOS que nos garantice la seguridad jurídica y continuidad histórica de nuestros pueblos.
En el año 2001 La Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó la sentencia a favor de la Comunidad Sumo Awas Tingui en Nicaragua, estableció el estándar del deber general de los Estados de protección de las tierras ancestrales y el deber de protección simultáneo de los recursos naturales existentes en las tierras indígenas. Por ende, los Estados deben abstenerse de realizar, actos que puedan llevar a que los agentes del propio Estado o Terceros afecten el valor, el uso o el goce de los bienes ubicados en la zona en que habitamosi. Este caso se originó cuando, el Estado de Nicaragua había otorgado una concesión forestal a la compañía SOLCARSA sobre territorios reclamados por la comunidad y tal concesión resultó violatoria del art. 21 de la Convención por la Corte Interamericana1.
Nuestros territorios no deben ser objeto de oferta y demanda del mercado sino la base fundamental para el desarrollo en armonía de los pueblos y la naturaleza. La soberanía permanente SOBRE nuestros recursos naturales, incluye el derecho a POSEER, UTILIZAR, CONTROLAR Y ADMINISTRAR NUESTRAS TIERRAS, TERRITORIOS Y RECURSOS. Este derecho está consagrado en la Declaración de Naciones Unidas.2
ACCIONES NECESARIAS SOBRE DERECHOS INDÍGENAS
Transitando el Decenio de Pueblos Indígenas, (2005–2016) y habiéndose aprobado la DECLARACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS remarcamos que los contenidos están vinculados a las obligaciones ya contraídas por los Estados en otros instrumentos de derechos humanos.
Es urgente y necesario que los Estados inicien un proceso de reforma política y jurídica para la implementación en las políticas públicas nacionales de los derechos reconocidos en la Declaración. Los Derechos de los Pueblos Indígenas deben ser tratados en la política forestal a todo nivel.
CONOCIMIENTOS Y PRÁCTICAS TRADICIONALES
Desde nuestra cosmovisión la comunicación no es sólo entre personas sino entre todas las vidas de la naturaleza. La herramienta central para esa comunicación es el idioma o habla de la tierra. En nuestra práctica tradicional siempre pedimos permiso a la tierra, (en nuestros nombres originarios Pachamama/ Wajmapu/ AbyaYala ) antes de emprender los usos del bosque, siembra, cosecha u otros porque forma parte de nuestra espiritualidad.
Por eso manifestamos que ningún emprendimiento ajeno a nuestra estrategia de desarrollo se iniciará sin que los ESTADO garanticen el ejercicio del DERECHO AL LIBRE CONSENTIMIENTO FUNDAMENTADO PREVIO3. Para ello los Estados deben garantizar la aplicación de las DIRECTRICES DE AKWE:KON como mecanismo de implementación del Libre consentimiento previo e informado de los Pueblos Indígenas, así como también impulsar un cambio de paradigma, en la definición de políticas de desarrollo, para garantizar la continuidad de nuestras vidas y culturas en los Territorios ancestrales.
Instamos a los sistemas judiciales estatales, asumir de manera ejemplificadora la definición de la Corte Interamericana en el caso del Pueblo Saramaka vs. Surinam que señala, que “el Estado debe garantizar que no se emitirá ninguna concesión dentro del territorio Saramaka a menos y hasta que entidades independientes y técnicamente capaces, bajo la supervisión del Estado, realicen un estudio previo de impacto social y ambiental. Mediante estas salvaguardas se intenta preservar, proteger y garantizar la relación especial que los miembros del pueblo Saramaka tienen con su territorio, la cual a su vez, garantiza su subsistencia como pueblo tribal”. Este procedimiento debe realizarse a través de las instituciones territoriales representativas de los Pueblos Indígenas y respetando los mecanismos internos de tomas de decisión.
A 20 años de la aprobación del CONVENIO nº 169 de la OIT, la consulta y participación de los pueblos indígenas en toda definición que afecte los territorios, vida y cultura no deben ser obviados por los Estados। La entrega del recurso estratégico del AGUA por parte de los Estados, a intereses económicos internacionales afecta directamente a los Pueblos Indígenas y a toda la sociedad en su conjunto. La consecuencia del uso en las mineras afectó el crecimiento y degradó los Bosque nativos, y afectó también las napas subterráneas.
Propuestas
Instar al poder económico a realizar un uso sustentable y sostenible, aunque sea en detrimento de la ganancia empresarial.
Implementar políticas para bajar los niveles de consumo y de contaminación.
Rechazamos las propuestas que apunta a las inversiones para el desarrollo de agro-combustibles.
Redistribuir la tierra que actualmente se concentra en una elite.
Reclamamos políticas forestales que impulsen la recuperación del bosque nativo, orientadas a las comunidades que convivimos con el mismo.
Generar mecanismos que controlen el monocultivo, que no sólo trajo consecuencias ambientales sino también violencia y desplazados ambientales.
Ratificamos el Plan de Acción de Wendake, Declaración de los Pueblos Indígenas hecha en la XII Conferencia Forestal Mundial en 2003 en Quebec-Canadá, y exhortamos a cambios urgentes de comportamientos y políticas que permitan verdaderamente el cuidado de nuestra Tierra, de sus aguas y de sus bosques y el futuro a nuestros hijos y nuestros nietos.
Buenos Aires, 21 de octubre de 2009
Sesión de Pueblos Indígenas y Bosques.
Organizaciones de Pueblos Indígenas firmantes
OCASTAFE – Organización de Comunidades Aborígenes de Santa Fe.
CONSEJO DE CACIQUES DE LA NACIÓN GUARANÍ –Misiones.
ASAMBLEA PUEBLO GUARANÍ –APG Jujuy
PUEBLO KOLLA DE LA PUNA DPTO. YAVI – Jujuy
INTERWICHI - Formosa
INTERTOBA – Provincias Chaco y Formosa
CONSEJO DE LA NACIÓN TONOKOTE LLUTQUI – Santiago del Estero
KEREIMBA IYAMBAE -Jujuy
UNIÓN DE LOS PUEBLOS DE LA NACIÓN DIAGUITA – Salta, Tucumán, La Rioja, Catamarca, Santiago del Estero.
CONFEDERACIÓN MAPUCE DE NEUQUÉN - Neuquén
ONPIA - Organización de Naciones y Pueblos Indígenas en Argentina
COORDINADORA DEL PARLAMENTO MAPUCHE RÍO NEGRO. Rio Negro
MESA DE ORGANIZACIÓN DE PUEBLOS ORIGINARIOS DE ALTE. BROWN. Pcia. de Buenos Aires
ORGANIZACIÓN MAPUCHE “MALAL PINCHEIRA” DE MENDOZA
COMUNIDAD HUARPE GUENTOTA DE MENDOZA
ORGANIZACIÓN TERRITORIAL MAPUCHE TEHUELCHE DE PUEBLOS ORIGINARIOS SANTA CRUZ – Santa Cruz
ORGANIZACIÓN RANQUEL MAPUCHE DE LA PAMPA
QULLAMARKA – Salta
ORGANIZACIÓN 12 DE OCTUBRE YOFIS WICHI - Salta.
CONSEJO DE CACIQUES WICHI DE LA RUTA 86. – Salta.
FEDERACIÓN DEL PUEBLO PILAGA – Formosa
COMUNIDAD RAFAELA ISHTON Pueblo ShelkNam – Tierra del Fuego
ALIANZA MUNDIAL DE LO PUEBLOS INDÍGENAS Y TRIBALES DE LOS BOSQUES TROPICALES – Mundial.
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